Normalización del Bono Nocturno al Personal de Salud en Guárico

Lineamientos del Bono Nocturno para Personal Asistencial Fijo nomina Guarico

Lineamientos para el Otorgamiento del Bono Nocturno al Personal Asistencial Fijo Nómina Guárico

1. Objetivo

Establecer los criterios y el procedimiento para la asignación del Bono Nocturno al personal fijo con cargo asistencial adscrito a la Dirección Regional de Salud del Estado Bolivariano de Guárico.

2. Alcance

Aplica exclusivamente al personal fijo con cargo asistencial que labore en jornada nocturna continua en hospitales, ASIC y otras unidades adscritas a la Dirección Regional de Salud.

3. Criterios de Elegibilidad

  • El trabajador debe tener cargo asistencial fijo.
  • Debe laborar en jornada nocturna continua, definida como el horario comprendido entre 7:00 p.m. y 7:00 a.m., con 10 jornadas y plantilla de solicitud de jornada nocturna.
  • No será considerado el personal que labore en jornada mixta (diurna y nocturna).

4. Validación de Nómina

  • Cada unidad debe enviar el formato de validación de nómina a la Oficina de Gestión Humana.
  • El formato debe estar firmado y sellado por el Director del Hospital o unidad correspondiente.
  • La fecha límite para la recepción del formato es el 05 de septiembre de 2022.

5. Proceso de Otorgamiento

  1. La Oficina de Gestión Humana validará los formatos recibidos.
  2. Los datos serán enviados al Ministerio del Poder Popular para la Salud.
  3. El bono será cargado en el Sistema de Clasificación y Remuneración del personal del MPPS.

6. Responsables

  • Directores de Hospitales, Jefes de ASIC y Coordinadores Administrativos: Garantizar el cumplimiento de estos lineamientos y la entrega oportuna de la nómina validada.
  • Oficina de Gestión Humana: Validar la información y gestionar el proceso ante el MPPS.

7. Disposición Final

Este proceso busca reconocer el esfuerzo del personal asistencial que cumple funciones en horario nocturno, asegurando una compensación justa y conforme a las políticas del Ministerio del Poder Popular para la Salud.

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